Este reglamento fue elaborado y autorizado por el Consejo Directivo acatando lo establecido en los estatutos sociales de Bocapalma Club de Ski, AC ( en lo sucesivo El Club o la Asociación). Y es obligatorio para todos los asociados. Tiene por objeto guardar la sana convivencia entre los asociados, familiares e invitados.
El Club es para uso exclusivo de los socios y de sus siguientes familiares: cónyuge, descendientes hasta el primer grado que sean menores, célibes de 25 años y las mujeres célibes que dependan económicamente del asociado sin importar edad, así como los padres y suegros del socio. (Comentario: el hablar de célibes implica que no haya nunca contraído matrimonio).
El reglamento interno del Club es obligatorio para todos sus asociados, sus familiares y los visitantes e invitados que asistan a sus instalaciones y, en lo aplicable, es también obligatorio para los empleados y trabajadores del Club, no siendo excusa para su cumplimiento el desconocimiento del mismo.
Los asociados y sus familiares o invitados evitarán dar órdenes al personal que labora en el Club, excepto las que correspondan a los servicios que están prestando.
Cualquier conflicto que se suscitare entre un asociado, familiar o invitado con el personal del Club deberá reportarlo a la Gerencia General siendo obligación del asociado, familiar o invitado abstenerse de cualquier discusión o enfrentamiento verbal. Por su parte el personal del Club deberá atender al asociado y sus familiares con respeto y vocación de servicio.
El Gerente General del Club y los responsables de las áreas, deben vigilar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en este reglamento, por lo que es obligación de los asociados y sus familiares así como invitados y visitantes, acatar las directrices, recomendaciones y en su caso órdenes que sean giradas por los ocupantes de dichas posiciones.